La vulneración del interés superior del niño por la derogación de la institución del prohijamiento en el proceso de adopción judicial en vía de excepción en el Perú

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2022

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Editor

Universidad Nacional de Piura

Resumen

La presente investigación titulada “LA VULNERACIÓN DEL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO POR LA DEROGACIÓN DE LA INSTITUCIÓN DEL PROHIJAMIENTO EN EL PROCESO DE ADOPCIÓN JUDICIAL EN VÍA DE EXCEPCIÓN EN EL PERÚ”, abordó un tema de mucha relevancia para la rama del Derecho de Familia, en especial para la rama de Derecho del Niño, el cual hace referencia a los problemas suscitados en la normativa concerniente a la institución jurídica de la adopción y su relación con la vulneración al principio del interés superior del niño. Este problema apareció porque a través del D.Leg 1297, se derogó el inciso c) del artículo 128° del Código de los Niños y Adolescentes, inciso referente a la adopción judicial en vía de excepción como consecuencia de la institución del prohijamiento; siendo esta una clara situación que perjudica en gran magnitud la posibilidad que las familias acogedoras puedan acceder rápidamente a la adopción de los niños quienes son aquí los mayores afectados y los que deben recibir una protección rápida, eficaz e integral a sus derechos fundamentales en virtud del principio de interés superior del niño. El objetivo principal de la investigación fue explicar la necesidad que existe de la restitución del inciso c) del artículo 128 del Código de los Niños y Adolescentes referente a la adopción judicial en vía de excepción por la causal de prohijamiento, como medida a favor del principio del interés superior del niño. Para la recopilación de información sobre el tema investigado utilizamos las técnicas de fichaje y recopilación de datos a través de una encuesta aplicada a estudiantes de derecho, abogados y magistrados. De acuerdo al análisis realizado se concluye que, la derogación del inciso c) del artículo 128° del Código de los Niños y Adolescentes, referente a la institución del prohijamiento, causa una clara vulneración al principio de interés superior del niño, debido a que hace el proceso adoptivo más engorroso, dilatorio y riesgoso para las familias acogedoras que han demostrado su idoneidad para demandar la adopción de los niño de quienes están haciéndose cargo, los cuales de no encontrarse acogidos por ellos, estarían llevando una vida completamente en una situación de desprotección familiar, ya que sus progenitores, no han demostrado las aptitudes necesarias para poder hacer que sus hijos lleven una vida digna, en la cual puedan desarrollarse integralmente y vivir en un ambiente de amor, protección y respeto a sus derechos fundamentales. Por lo tanto, concluimos también, que la restitución de dicho inciso a nuestra legislación nacional, sería beneficioso para incentivar el proceso de adopción y que los padres adoptivos puedan verse beneficiados con la bendición de poder tener un hijo y los hijos, por su parte, de poder pertenecer a un lugar donde puedan desarrollar un vínculo familiar verdadero y necesario para su desarrollo.

Descripción

Palabras clave

vulneración, interés superior del niño, prohijamiento, adopción, restitución

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