Facultad de los notarios para celebrar matrimonios civiles en sede nacional

dc.contributor.advisorBayona Castro, Esthely Rosaes_PE
dc.contributor.authorAlbán Castillo, José Diegoes_PE
dc.date.accessioned2022-06-12T17:38:51Z
dc.date.available2022-06-12T17:38:51Z
dc.date.issued2021
dc.description.abstractActualmente, la celebración del Matrimonio le compete exclusivamente a los Alcaldes provinciales o distritales del domicilio de cualquiera de los solicitantes. Es necesario indicar que según nuestro ordenamiento jurídico, define al matrimonio como la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones del Código Civil, a fin de hacer vida común. Siendo así, a través del Decreto Legislativo N° 1049 prescribe que los Notarios son los funcionarios investidos de fe pública para autorizar a requerimiento de parte, todo acto, contratos y documentos determinados en las leyes. Asimismo, a través de la Ley N° 26662 – Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos, publicada el 20 de setiembre de 1996, se ha prescrito que el requisito indispensable para poder iniciar cualquier trámite contenido en la mencionada ley es que las partes estén manifiesten su consentimiento de manera unánime. Por lo tanto, se podría inferir que si los Notarios son profesionales dotados de la capacidad suficiente, podrían ser capaces de ser los responsables también, sin excluir a los Alcaldes, de celebrar matrimonios civiles. Esto en el sentido y bajo la lógica que el Matrimonio implica un consentimiento total y la manifestación inequívoca de la voluntad de los solicitantes, quienes pretender unirse en matrimonio sin contienda alguna, por lo que se podría concluir que el Matrimonio sería pasible de ser considerado dentro de los Asuntos No Contenciosos de Competencia Notarial a nivel nacional.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.identifier.urihttps://repositorio.unp.edu.pe/handle/20.500.12676/3454
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Nacional de Piuraes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.sourceUniversidad Nacional de Piuraes_PE
dc.sourceRepositorio Institucional Digital - UNPes_PE
dc.subjectmatrimonioes_PE
dc.subjectDecreto Legislativo N° 1049es_PE
dc.subjectLey N° 26662es_PE
dc.subjectnotarioes_PE
dc.subjectasunto no contenciosoes_PE
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
dc.titleFacultad de los notarios para celebrar matrimonios civiles en sede nacionales_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE
renati.advisor.dni40502811
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0002-1237-7230es_PE
renati.author.dni74850899
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorYaipén Hidalgo, Luis Albertoes_PE
renati.jurorNegro Balarezo, Juan Carlos Eduardoes_PE
renati.jurorVilela Vargas, Oscar Enriquees_PE
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/nivel#tituloProfesionales_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Nacional de Piura. Facultad de Derecho y Ciencias Políticases_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE

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